El órgano fiscalizador detectó que aumentaron las importaciones de ropa, adornos de casa, bisutería, utensilios de cocina, juguetes, electrónicos, entre otros, en las que participan empresas extranjeras dedicadas a la venta por Internet, plataformas de comercio electrónico, consignatarios y empresas de mensajería y paquetería que, al omitir el pago de impuestos e incumplir con regulaciones y restricciones no arancelarias podrían incurrir en el delito de contrabando y defraudación fiscal.
Lo anterior fue dado a conocer mediante la publicación anticipada de la Primera Modificación al Anexo 5 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024, en la que se establecen como prácticas indebidas que alteran las operaciones de comercio exterior:
- La manipulación de pedidos que se envían el mismo día, semana o mes, dividiéndolos en paquetes individuales en los que se subvalúa el valor original del pedido, a fin de que el valor de cada paquete no exceda de 50 dólares de los Estados Unidos de América.
- Asistir, auxiliar, ayudar, coadyuvar, colaborar, contribuir, cooperar, coordinar o participar directa o indirectamente para aplicar indebidamente el despacho simplificado de mercancías a través de empresas de mensajería y paquetería; omitir el pago del IGI e IVA; así como no describir o describir incorrectamente los productos.
- A quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o la implementación de cualquiera de las prácticas anteriores.
Por ello, el SAT realiza acciones de fiscalización para fortalecer la vigilancia y combatir dichas prácticas. Asimismo, exhorta a las empresas del ramo a operar en el marco de la legalidad y evitar generar un perjuicio al fisco federal.