Todo lo que tienes que saber de la resolución de tu pensión del IMSS

Después de haber tenido una vida laboral activa, cuando inicias el proceso de tu pensión deberás de seguir una serie de pasos para empezar a recibir tus recursos, por lo que es importante tomes en cuenta las siguientes recomendaciones.

Una vez que cumples con los requisitos para pensionarte y logras maximizar el cálculo de tu pensión mediante la Modalidad 40 del IMSS, llega el momento de finalizar el proceso solicitando la resolución de pensión. Al obtener este documento, podrás disfrutar de tu retiro.

Para tramitar tu pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez bajo la Ley 73 es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997
  • Tener un mínimo de 500 semanas cotizadas al IMSS.
  • Contar con al menos 60 años de edad cumplidos para la pensión por cesantía y 65 o más para pensión por vejez.
  • No estar cotizando ante el IMSS al momento de la solicitud de la pensión.
  • Identificación oficial
  • Número de seguridad social y CURP
  • Estado de cuenta de la Afore
  • Documento con número de cuenta y CLABE bancaria
  • Acta de nacimiento
  • Acude a la UMF
  • Realiza el trámite presencial en la UMF que te corresponde. Una vez ahí deberás presentar la documentación mencionada en el paso anterior y llenar el formato para la solicitud de pensión que se te entregará en el lugar. Después de firmarlo y entregarlo, solo queda esperar la resolución de pensión
  • Espera la resolución
  • Una vez que el IMSS haya revisado tu caso y aprobado tu pensión, te entregarán la resolución de pensión. El tiempo promedio de entrega es de dos semanas después de iniciar la solicitud, aunque en algunos casos puede tomar hasta 60 días.

Datos que contiene la resolución

El documento contiene información específica relacionada con la concesión de la pensión, los siguientes son los datos más relevantes que encontrarás en la resolución:

  • Tipo de pensión otorgada.
  • El monto que recibirás de pensión
  • Fecha en la que comenzarás a recibir tu pensión
  • Beneficiarios en caso de fallecimiento

NOTA DE MVS NOTICIAS

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